domingo, 31 de mayo de 2020

IUSNATURALISMO


IUS NATURALISMO



INTRODUCCIÓN
El iusnaturalismo defiende la idea de que existe un derecho natural y sostiene que este contiene unos principios de justicia con validez universal, porque se refieren a la parte sustancial que tiene el ser humano. Esta corriente filosófico-jurídica nació en la Grecia clásica, siendo recogida después romanos y más tarde por el cristianismo, sin embargo, en la época de la ilustración (siglos XVI y XVII), nace un nuevo iusnaturalismo alejado de su inicial concepción religiosa, denominado iusnaturalismo racional, con él se pasa de considerar que la ley natural es la que ha grabado Dios en la naturaleza creada por él, a afirmar que el derecho natural es al que se llega a través de la razón y es común a todos los hombres al margen de su cultura y creencias religiosas, por ello, para los iusnaturalistas racionalistas dichos principios naturales son totalmente válidos aunque Dios no existiera.
  



OBJETIVO GENERAL
Dar a conocer la corriente del iusnaturalismo como base del derecho y fundamento clave de los derechos humanos.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
·       Investigar sobre las características que permiten entender la corriente del iusnaturalismo.
·       Resaltar los pensadores importantes que aportaron al iusnaturalismo como corriente filosófica.
·       Destacar como el iusnaturalismo le ha aportado a cada época mencionada en el presente escrito.










IUSNATURALISMO
Es una corriente de pensamiento filosófico que es desarrollada en el ámbito del Derecho, en base de los derechos humanos, siendo una teoría, no solo jurídica sino también de tema ético, en donde se postula la existencia de derechos en el hombre determinados por la naturaleza humana y previos a todo el ordenamiento jurídico como el derecho natural.

CARACTETISITCAS DEL IUSNATURALISMO:
·       La doctrina del iusnaturalismo rige por una línea de principios que son de carácter universal e inalterable que dan base a las leyes jurídicas positivas, y aquellas en las que no se cumplan con dichos parámetros o vayan en contra son consideradas ilegítimas.

·       Su objetivo es decretar cuáles normas pueden o no ser consideradas derechos, para así ser un corrector ético y supremo.


·       Este derecho se basa en el dogmatismo de la fe, del origen divino, y parte de un asunto racional, por lo cual es irrefutable. Además, busca un bien común y aplicable en todos los hombres, lo que le confiere una tendencia universal y digna.

·       Asimismo, es de rasgos atemporales porque no se rige ni cambia por la historia, sino que está innata en el ser humano, en su cultura y en su sociedad.

·       Otra característica que posee es la inalienabilidad; es decir, evita ser apoderado por el control político, ya que el derecho natural se considera previo y superior a la existencia del poder el Estado y el derecho positivo, creados por el hombre.


AUTORES RELEVANTES DEL IUSNATURALISMO:
Los principales autores que plantearon el inicio del derecho natural fueron Platón, en su célebre obra República y en Leyes; y Aristóteles, en Ética nicomáquea o Ética de Nicómaco.
La Escuela de Salamanca fue de donde se originaron los primeros conceptos del iusnaturalismo, y a partir de allí las ideas fueron estudiadas y replanteadas por teóricos como Thomas Hobbes, John Locke y Jean-Jacques Rousseau.
Las diferentes perspectivas y estudios llevaron a la división del concepto entre el iusnaturalismo clásico y el iusnaturalismo moderno, determinados por el tiempo y el espacio en el que fueron postuladas las teorías.

PENSAMIENTO MODERNO:
La diferencia entre el iusnaturalismo clásico y el moderno se basa en que el primero parte leyes naturales, mientras que el segundo se origina de su relación con lo moral (la costumbre).
Fue Hugo Grocio quien marcó la transición entre uno y otro, pero anteriormente el jesuita Francisco Suárez ya había establecido sus pensamientos al respecto.

Otros representantes en este ámbito fueron Zenón de Citio, Séneca, Francisco de Vitoria, Domingo de Soto, Christian Wolff, Thomas Jefferson e Immanuel Kant.

LA IDEA IUSNATURALISTA EN EL PENSAMIENTO CLÁSICO:

·       PRESOCRÁTICOS:
Concibe un iusnaturalismo en el sentido amplio, teniendo un carácter de tipo cosmológico, que remite a la physis. Luego hay matices importantes. Como, por ejemplo, Heráclito, que concibe el cosmos como un orden superior, el logos. O Anaximandro, quien habla de la justicia cósmica.

·       SOFISTAS: OPOSICIÓN ENTRE PHYSIS Y NOMOS:
Su tema central ya no es el cosmos sino el hombre, humanismo ateniense. Para esta generación los sofistas del S, V, construye un relativismo en el  que toma al hombre como medida de todas las cosas y opone lo inmutable que es la naturaleza a lo mutable, por ejemplo las instituciones sociales. Es la tensión que se genera entre physis y nomos, entre lo auténtico y lo artificial.

·       SÓCRATES:
Contrarresta la influencia de los sofistas. Para él, hay un mundo de valores superiores al hombre, por ejemplo, la Justicia cuyo reflejo objetivo, piensa el filósofo, son las leyes humanas. En consecuencia, el Estado aparece como una realidad natural, lo cual justifica la obediencia al mismo.

·       PLATÓN:
Con su Teoría de las Ideas, propone un iusnaturalismo en sentido amplio. Para él, la verdadera ley es aquella que más se acerca a la idea de ley justa, o lo que es lo mismo, a la idea de Justicia.

·       ARISTÓTELES:
Divide la Justicia en lo que llama ley particular, que es la ley de la poli, y la ley común, que es la que rige la Naturaleza (y que para él es la justicia objetiva). Por tanto, es iusnaturalista en el sentido en que reconoce la existencia de leyes según la Naturaleza.

·        IUSNATURALISMO TEOLÓGICO: Para los iusnaturalistas teológicos los principios del derecho natural se encuentran en Dios. Los primeros cristianos fueron los primeros iusnaturalistas teológicos, porque creen que se tiene que seguir la voluntad de Dios, para ellos no hay que seguir al razonamiento humano porque el hombre es corrupto.
·        IUSNATURALOSMO COSMOLÓGICO: Su teoría es que el mundo está regido por una ley superior al derecho positivo¸ diciendo que el mundo está sujeto a una armonía y no a un caos.


CONCLUSIONES
·        El iusnaturalismo como corriente jurídico-filosófica, nos muestra que ha sido clave para el desarrollo de los derechos humanos o derechos fundamentales, ya que estos son una parte muy importante del derecho natural.
·       Existieron demasiados autores relevantes para el iusnaturalismo, cada uno con diversos aportes y pensamientos que ayudaron al buen desarrollo del ius naturalismo como corriente de la filosofía del derecho, un ejemplo claro puede ser Platón.
·       El iusnaturalismo es base importante para el derecho ya que de en este se encuentran los principios naturales que luego van a ser legislados por el derecho positivo.



INICIO

La presente pagina es una actividad propuesta por la docente Claudia Patricia Salcedo de Patarrayo, desarrollada por los estudiantes de segundo semestre de la  prestigiosa Universidad Militar Nueva Granada, en la cual, se toma en cuenta los conocimientos e investigaciones que se hicieron durante el semestre, en la materia de teoría jurídica, llevando desde la teoría mas antigua, hasta la mas moderna.

Docente: Claudia patricia salcedo de pararrayo
VID4 D ROMANO P CLÁSICO FASE ADRIANEA - YouTube 
Faculta de Derecho
Universidad Militar Nueva Granada


Pirámide de kelsen del grupo: